jueves, 22 de octubre de 2009

RELATORÍA División de Poderes

Relatoría a cargo de: David Rincón Y Diana Payares Luna

Exposición presentada por: Alejandra Poveda, Milena Rueda y Karen Rocha

La división de poderes en su concepción de mecanismo de control y limitación, según Luis Eduardo Medina Torres, se caracteriza principalmente por restringir el poder entre los gobernantes y erradicar el monopolio, y por ende, la garantía de los derechos de los ciudadanos. Considerando de tal manera que control del poder, las limitaciones impuestas a las autoridades y los mecanismos que se establecen para la protección de los individuos garantizan un prudente implemento del poder en la sociedad.

Partiendo de los aportes desde la perspectiva de Montesquieu, John Locke, las libertades individuales prevalecen en el pueblo superando aún la comunidad política como garantía, de esta manera, el derecho a reclamar la defensa personal se establece de manera fundamental para cada ciudadano.

El beneficio de la división del poder político proporciona la democracia en un territorio donde cada quien tiene derechos a elegir y ser elegido, en consecuencia, protege la libertad de los individuos y la posibilidad de reclamar cada uno de los derechos y deberes correspondientes a cada persona, también se responde la tutela de la propiedad privada y como se menciona reiteradamente la garantía de la seguridad jurídica.

Los tres poderes como lo son el ejecutivo, legislativo y judicial cumplen una labor de mayor importancia y regulación dentro del contexto político en un estado, ya que se encarga de controlar y ordenar de cierta forma algunos aspectos que son trascendentales para el desarrollo de un país, estos tres poderes son una clasificación lógica y estructurada que proporciona una organización.
Por lo tanto, la división de poderes se clasifica de la siguiente manera:

-Legislativo: el poder ejecutivo de las cosas relativas al derecho
-Judicial: el que juzga y castiga los delitos
-Ejecutivo: el que hace la paz y la guerra, establece la seguridad pública.

Entre estos tres poderes se debe en primera instancia garantizar el control y limitación del poder, estipular la distribución de competencias y facultades entre los tres poderes, separación orgánica, y la generación de actividades compartidas.

Recomendaciones
No es necesario que permanezca en funciones (puesto que sus leyes pueden llegar a ser modificadas).El poder legislativo debería ser rotativo (No siempre los mismos son los encargados de producir y aprobar las leyes).
en conclusión para que un Estado sea eficaz, veraz y legítimo estos tres poderes tienen que estar funcionando adecuadamente y organizadamente para garantizarle al pueblo libertad individual, transparencia y seguridad social.

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